Casi un año y medio sin escribir en mi blog. Entre el trabajo, la falta de acceso a Internet y miles de cosas más, se me había hecho muy díficil.
Pero estamos de vuelta. Reanudamos comentando algo que muchos no saben: que con la aprobación de la nueva ley de telecomunicaciones en México, ya no hay necesidad de cumplir plazos forzosos. La prestadora de servicio como máximo podrá exigir que se le pague el costo proporcional restante por equipo.
Publicado en el DOF el 14 de julio de 2014.
Ver título noveno, artículo 191, sección X.
Son derechos de los usuarios (...)
X. A rescindir el servicio contratado o cambiar de paquete o plan, en forma anticipada pagando, en su caso, el costo remanente del equipo;
Disfruten y elijan sabiamente, pero elijan con información.
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